Leemos en i-Profesional [1] un caso ya bastante común en Argentina:
El empleado ingresó a la empresa a fines de 1993. Ocupó diversos cargos a lo largo de la relación laboral y, finalmente, se convirtió en el responsable de mantenimiento y servicios generales de la sede central de la compañía. En junio de 2009, la empresa le remitió un telegrama para comunicarle que había sido despedido [...]
El ex-empleado realizó juicio a la empresa reclamando, entre otras cosas, el pago de horas extras adeudadas. Sin embargo, los jueces se expidieron en contra de este punto, argumentando:
Al respecto, señalaron que la excepción contenida en [...] la Ley [...] (que excluye del pago de horas extras a aquellos que desempeñen el cargo de director o gerente) impedía el sometimiento a las mismas condiciones de responsabilidad que importaba el cargo que ocupaba y que en el plano retributivo ésta se encontraba compensada con ingresos comúnmente más abultados que los otros empleados.
Para el caso en particular, estimaron que estaba acreditado que el trabajador cumplía funciones gerenciales.
¿Acaso compensan los "ingresos comúnmente más abultados" el estar disponible 24 horas al día, 7 días por semana?